Devolución impuesto sobre vehículos
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| Departamento |
Hacienda y Patrimonio (Rentas) |
| Objetivo |
Devolución de la parte proporcional del impuesto como consecuencia de una baja definitiva o temporal en Tráfico. |
| Horario |
Lunes a viernes |
| Horario de |
9:00 |
| Horario hasta |
14:00 |
| Usuarios |
Personas físicas o jurídicas interesadas. |
| Plazo |
Según los indicados en la ley 30/ 92 (Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). |
| Documentación |
Impreso solicitud de baja del vehículo del Ministerio del Interior, Jefatura de Tráfico, con fecha de baja.
Recibo del Ayuntamiento de Laudio/Llodio, correspondiente al cobro del impuesto objeto de la devolución.
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| Tributos |
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| Normativa |
Ordenanza Fiscal número 3, reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: artículo 7, apartado 4. El importe de la cuota del impuesto será el que proporcionalmente corresponda al tiempo que medie entre el 1 de enero y la fecha de baja del vehículo en la Jefatura de Tráfico. |
| Observaciones |
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta resolución de la autorización. |
| Pasos |
- El ciudadano cumplimenta el formulario de solicitud, adjuntando la documentación complementaria.
- La unidad tramitadora cumplimenta la devolución que será entregada al interesado.
- Se prepara el escrito que quedará en el libro de decretos del Ayuntamiento.
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| Formulario |
Devolución impuesto sobre vehículos
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