Ordenanza Municipal de Alcohol a Menores
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| Departamento |
Policía Municipal |
| Objetivo |
Prohibición legal de venta de alcohol a menores de 18 años. |
| Horario |
Lunes a domingo: |
| Horario de |
7:00 |
| Horario hasta |
21:00 |
| Usuarios |
Personas físicas o jurídicas denunciadas y testigos. |
| Plazo |
24 horas. |
| Documentación |
Pliegos de alegaciones y recursos. |
| Tributos |
Sanciones económicas tras expediente por infracciones a la ordenanza. |
| Normativa |
Ordenanza Municipal de Alcohol a Menores y, en su caso, la estatal que hubiere. |
| Observaciones |
La denuncia de oficio de la Policía Municipal se traslada al área de Bienestar Social para seguimiento del expediente sancionador. |
| Pasos |
- Seguimiento en la localidad por los agentes.
- En caso de infracción inicio de actas de denuncia.
- Traslado del expediente al área competente.
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| Formulario |
Formulario general
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