Domicilie sus impuestos


Euskara
Mapa de la web
Añadir a Favoritos
Portada Pág. anterior

Trámites

Edición: 26/07/2007

Ordenanza Municipal de Venta Ambulante

Departamento Policía Municipal
Objetivo Venta ambulante no autorizada en el municipio.
Horario Lunes a domingo:
Horario de 7:00
Horario hasta 21:00
Usuarios Personas físicas interesadas: Denunciantes y denunciados.
Plazo 24 horas.
Documentación Denunciados:
  • DNI.
  • Documentos de propiedad del material.
  • Y todos aquellos documentos que resultan preceptivos según la ordenanza reguladora de la Venta Ambulante en el Municipio de Llodio, aprobada en sesión plenaria del 31 de Agosto de 1998 y publicada en el B.O.T.H.A. del 18 de Septiembre de 1998
Tributos Posibles sanciones económicas de acuerdo al expediente sancionador.
Normativa PDFOrdenanza Municipal de Venta Ambulante.
Observaciones La denuncia de oficio de la Policía Municipal se traslada al departamento de Servicios Técnicos para seguimiento del expediente sancionador.
Pasos
  1. Formulación de denuncia.
  2. Requisa del material (inmediata).
  3. Devolución del material al propietario si presenta todos aquellos requisitos que requiere la ordenanza mencionada.
Formulario PDFFormulario general

Los documentos están en formato PDF. Para verlos es necesario el programa Adobe Acrobat Reader. Si no lo tiene instalado puede descargarlo de esta web.

Volver al índice